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¿Cuál es ese error grave de los inversionistas? El no ser suficientemente cautelosos, prevenidos e inquisitivos para exigir del franquiciante una información financiera verídica realizada de manera seria y profesional sobre bases reales.
Señor inversionista: Si un franquiciante le está hablando de cifras que le son muy atractivas, recuerde que estas debieron salir de un negocio probado y no de la imaginación del franquiciante. Exija un estudio financiero completo y claro, requiera tiempo para estudiarlo y tomar la mejor decisión, no crea solo en palabras y buenas intenciones, aplique el conocido dicho “prevenir es mejor que curar” … ¿O prefiere acaso esperar a que el tiempo pase sin ver los resultados de su inversión por haber creído solo en palabras?
La franquicia es un bellísimo modelo de negocio y una muy buena oportunidad de inversión, siempre y cuando haya transparencia desde el inicio por parte del franquiciante y completa seguridad del negocio en el que está a punto de invertir por parte del potencial franquiciado.
Lo que viene después de que un inversionista se da cuenta que no va a recuperar su inversión…
El franquiciado que haya invertido mal su dinero no solo deja de recuperar su inversión, sino que no obtiene los ingresos que esperaba cuando decidió comprar la franquicia: ¡eso es clarísimo!, pero adicional a esto, muy seguramente el franquiciado va a estar endeudado con el franquiciante por concepto de proveeduría y regalías, las cuales va a querer exigir el franquiciante, así las cosas, ¿quién le debe a quién? ¿El franquiciado debe, además de haber contribuido en el posicionamiento de la marca del franquiciante, haber confiado en la información que este le suministró para lo cual entregó un capital, haberse esforzado y trabajado a conciencia, pagar las regalías pendientes y demás deudas que exige el franquiciante?, o por el contrario, ¿es el Franquiciante quién debe condonar la deuda, reintegrar el canon de entrada e indemnizar los perjuicios ocasionados al franquiciado por no haber sido transparente desde el inicio en la información suministrada?
Es allí en donde vienen las tantas reuniones pre-jurídicas entre los abogados de las partes para tratar de llegar a un acuerdo respecto a la terminación del contrato, que de no conseguirse, tendrán que someterse a la decisión de un Tribunal de Arbitramento, siempre y cuando haya quedado estipulada una cláusula compromisoria dentro del contrato de franquicia, presumiendo, obviamente, que las partes firmaron los documentos contractuales, pues en caso contrario, no les quedará otro remedio más que acudir a un proceso ORDINARIO para que dentro de muchos años un juez dicte una sentencia sobre el caso.
Para evitarse tantos problemas, angustias y desvelos ¡Confíe en la franquicia como modelo de negocio para invertir! pero cerciorándose de la veracidad de la información que se le suministra, firmando los documentos contractuales y asesorándose de quienes conocen del tema…¡Ánimo y éxitos con su franquicia!
Ana Milena Ocampo / Directora Legal
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