El contrato de franquicia es la pieza
fundamental que va a regular la relación jurídica
entre el franquiciador y el franquiciado. En algunos casos, antes
de la firma final del contrato, se suele firmar entre las partes
un primer precontrato inicial. Veamos en qué consisten ambos
documentos.
Precontrato de franquicia
Suele ser habitual en muchos negocios la disposición de un
documento contractual que, a modo de opción de compra de
la franquicia para el potencial franquiciado, permita a las partes
avanzar en la realización de ciertas operaciones y análisis,
con anterioridad al otorgamiento del contrato con el que se pretenda
regular el definitivo acuerdo.
Este documento puede recibir varios nombres: Precontrato, Contrato
de Reserva o Acuerdo de Intención, y no significa para el
franquiciado más que una posibilidad preferente de adhesión
a la red, mediante la explotación de un centro operativo
en un mercado que habrá de establecerse con anterioridad.
En el acto de otorgamiento del precontrato, el adquirente abonará
al franquiciador una cantidad a cuenta del derecho de entrada.
Contrato de franquicia
El contrato de franquicia va a ser el documento final que regule
los derechos y obligaciones de franquiciado y franquiciador durante
toda la vigencia de la relación. En este documento se plasma
la voluntad de los firmantes de entablar una relación empresarial
a través del sistema de franquicia.
El franquiciado deberá exigir que el documento que firme
regule de forma clara e inequívoca las obligaciones que el
sistema de franquicia impone al franquiciador y cumplir con las
exigencias de la normativa. Esta regulación, aplicable sólo
a los acuerdos de franquicia, permite el establecimiento de cláusulas
cuyo contenido, en otro tipo de acuerdos distintos a los de franquicia,
podría devenir nulo por ser contrario a las normas de defensa
de la competencia.
Esta exención es únicamente aplicable a lo que la
propia normativa define como acuerdo de franquicia y que, necesariamente,
debe incluir:
•
La cesión de la marca al franquiciado.
•
La transmisión del Know-How (Saber Hacer).
•
La prestación de asistencia continuada al franquiciado durante
toda la vigencia del contrato.
La ausencia de cualquiera de estos tres elementos impide la calificación
del acuerdo en cuestión como de franquicia.
Por todo esto, es necesario que ambas partes sometan a un riguroso
estudio del contrato con anterioridad a su otorgamiento. Este es
el mejor medio de evitar sorpresas desagradables en el futuro, ya
que la relación contractual de la franquicia nace para durar
en el tiempo y un conflicto no contemplado podría acarrear
un perjuicio grave para ambas partes.
|